Newsletters   |   Revistas   |   Enlaces y Direcciones | Normas Reguladoras | Calendario 2008 |   Mapa del sitio web


Capitulo VIII: Régimen Financiero

Régimen Financiero
Artículo 16.

  1. Los gastos originados por el funcionamiento de EUROSAI se sufragarán:

    1. mediante las cuotas de los miembros fijadas de conformidad con los baremos usados por la Organización de Naciones Unidas; el importe que corresponda satisfacer a cada miembro le será notificado por la Secretaría y los pagos deberán hacerse al principio de cada año natural;

    2. por las subvenciones, donaciones o cualquier otro tipo de aportación de personas físicas ó jurídicas, nacionales o internacionales;

    3. con el producto de la venta de las publicaciones y otras actividades de EUROSAI;

    4. mediante aquellos otros ingresos que autorice el Comité Directivo;

  2. La Entidad Fiscalizadora Superior del país donde radique la sede proporcionará y sufragará el personal y los locales necesarios para el funcionamiento de la Secretaría.

  3. Los gastos originados por cada reunión del Congreso se imputarán a la Entidad Fiscalizadora Superior del Estado donde tenga lugar; el Congreso podrá acordar una aportación a la Entidad Fiscalizadora Superior correspondiente.




Any comments can be sent to eurosai@tcu.es